AYUDAS POR HIJO A CARGO Y FAMILIA NUMEROSA. MODELO 143

Desde el año pasado se habla de una nueva ayuda que concede la Agencia Tributaria: IRPF. Abono anticipado deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad a cargo.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Se pueden beneficiar de ella:

  • Contribuyentes con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad; los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre, que formen parte de una familia numerosa; la nueva figura de ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos y sin derecho a percibir anualidades por alimentos.

Deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad de carácter alternativo y cotizar durante los plazos mínimos fijados.

  • Contribuyentes que perciban prestaciones del sistema público de protección de desempleo o pensiones de los regímenes públicos de previsión social o asimilados, con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad; o formen parte de una familia numerosa; o se trate de un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.

No será necesario que ejerzan una actividad por cuenta propia o ajena, ni resulta de aplicación el límite del importe de las cotizaciones y cuotas satisfechas a la Seguridad Social y Mutualidades de carácter alternativo.

Por tanto, si tienes a tu cargo a una persona con discapacidad (ascendiente o descendiente), o formas parte de una familia numerosa, o cumples los dos requisitos, tienes derecho a solicitar esta prestación. Que además no es excluyente (puedes solicitarla por cada uno de los casos que cumplas), y si no la solicitaste en 2015 puedes pedir una rectificación de autoliquidación* para que te la abonen también este año.

¿Cómo se solicita?

El procedimiento para la solicitud de esta ayuda es muy sencillo. No sé si porque realmente lo es, o si porque ya nos hemos «curtido» y entendemos todo mucho más rápido…

Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria pinchando en este enlace. Aquí realizas una Presolicitud de Abono anticipado. Simplemente tienes que rellenar el cuestionario con tus datos, y recuerda hacerlo una vez por cada tipo de deducción a la que tengas derecho: por familia numerosa, por ascendiente con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos, por descendientes con discapacidad a cargo, por ascendientes con discapacidad a cargo.

En función de si la solicitud la realiza una sola persona o dos (el padre y la madre), debes indicar si es una solicitud individual o colectiva.

 

Una vez tramitado se generará un archivo PDF que tienes que imprimir y presentar en la delegación de Hacienda que te corresponda, solicitando cita previa.

Y ya está. Así de fácil.

*Si tienes que hacer la rectificación de autoliquidación para que te abonen el periodo correspondiente a 2015, tendrás que presentar también el título de familia numerosa y/o la tarjeta de discapacidad y el DNI del titular.

Esperamos que esta información resulte de utilidad. Y recuerda que puedes consultar ésta y otras ayudas aquí.

TESTIMONIOS NF. PATRICIA

ASOCIACIÓN INCLUYE

¡NOS VAMOS AL ZOO!

CARTA A LOS REYES MAGOS

ENTREVISTA A GERARD DESCARREGA